Sandro Rosell al poco de llegar impone un código ético para su Junta, al poco de llegar a la presidencia blaugrana. Sorprendentemente tres años después "dimite" o huye por el escandalo del fichaje de Neymar... Este código, parece que era para todos, menos para él
I. - MOTIVOS
El
Futbol Club Barcelona es una asociación deportiva privada catalana de
personas físicas, sin ánimo de lucro e inscrita en el Registro de
entidades deportivas de la Generalitat de Catalunya.
La adecuada gestión de una entidad deportiva requiere establecer los
mecanismos que permitan no sólo alcanzar los objetivos que son propios
de su actividad principal, sino también que el sistema utilizado sea
plenamente respetuoso con las buenas prácticas empresariales.
Si, además, nos referimos al Futbol Club Barcelona, que por su historia y
trayectoria tiene implantación en todo el mundo y un fuerte arraigo en
la sociedad catalana, la administración y representación de la entidad
por parte de sus máximos responsables debe responder a unos valores
éticos que son consustanciales a la propia naturaleza social y los
principios que la inspiran. El FC Barcelona es "más que un Club" y la
sociedad espera que sus directivos y gestores estén a la altura de los
valores que representa.
Por lo tanto, es necesario crear un Código Ético -o de buen gobierno- en
el que se regule, en el ámbito material, qué valores deben inspirar la
acción de gobierno y de representación -desde un punto de vista
positivo- y qué conductas son contrarias a estos valores -desde un punto
de vista negativo-. Conscientes de que la realidad nos presenta una
casuística compleja, se crea una Comisión de Control y Transparencia que
de una manera efectiva pueda interpretar y excepcionar la aplicación
del Código Ético en atención a criterios de pertinencia y oportunidad y,
en su caso, advertir qué acciones de gobierno y de representación son
contrarias a estos valores.
II .- ÁMBITO SUBJETIVO
El
Código Ético debe ser aplicado a las personas que ostentan la
representatividad corporativa del club, es decir, los miembros de la
Junta Directiva y de las Comisiones-Económica, Disciplinaria, Jurídica,
Social y Deportiva-, así como el personal de la Alta Dirección.
III .- ÁMBITO MATERIAL
1
.- Las personas que asuman la responsabilidad de la administración del
Club han de adecuar su gestión y adoptar sus decisiones con estricto
cumplimiento a los principios de pertinencia y oportunidad.
2
.- La finalidad perseguida debe ser la de alcanzar los objetivos
principales de la actividad del Club -éxitos deportivos y sostenibilidad
económica de los recursos empleados-, pero hay que actuar con prácticas
y conductas que dignifiquen el Club, su imagen y los valores que
representa.
3 .- En aplicación de los anteriores criterios
la actuación del personal directivo y ejecutivo se ajustará a los
siguientes principios
3.1 .- Legalidad: La actuación de los
representantes del Club debe ser conforme con lo establecido en las
leyes y las reglas de las organizaciones nacionales e internacionales de
defensa y promoción del deporte.
3.2- Honradez y Servicio a los
socios: Los representantes del Club deben actuar siempre como gestores
de un patrimonio que es de los socios. Por ello, la gestión debe ser
honrada y eficiente en beneficio siempre de los intereses del Club.
3.3
.- Lealtad en el Club: Cualquier actuación de un representante del
Club, tanto en tareas de gestión como de representación, debe perseguir,
única y exclusivamente los intereses del Club. Esta lealtad es
compatible con la discrepancia de opiniones en el seno de la Junta
Directiva y del resto de órganos de gobierno del Club, pero los
representantes del Club deben evitar, en todo caso, la divulgación de
noticias que puedan perjudicar el buen nombre y la buena imagen del
Club.
3.4 .- Comunicación: El Club mantendrá siempre una actitud
de amplia información de sus actividades, basada en la transparencia en
los procesos de toma de decisiones.
3.5 .- Participación: El Club
promoverá una mayor participación de los socios, a través de la
Asamblea, en la toma de decisiones, de acuerdo con la naturaleza de cada
asunto.
3.6 .- Pluralismo: El Club, fiel a su historia y
catalanidad, dada la diversidad de ideas de los socios, directivos,
jugadores y empleados del Club, preservará y respetará el pluralismo,
evitando que las políticas y actuaciones del Club tengan carácter
excluyente.
3.7 .- Austeridad: La austeridad, como valor de
referencia, presidirá en todo momento la gestión del Club y se aplicará a
todas las actividades sociales y económicas de la entidad.
4 .- Se consideran contrarias a los principios y valores anteriores las siguientes prácticas.
4.1
.- Incurrir en conflicto de intereses, y si es, el que resulte afectado
lo debe revelar por abstenerse en el proceso de toma de decisiones.
4.2 .- Ejercer influencias sobre otros para alcanzar la toma de una decisión en beneficio propio.
4.3
.- Los directivos y miembros de las comisiones no podrán intervenir en
un ámbito de gestión distinto al que le haya sido asignado sin la
preceptiva autorización de su responsable.
4.4 .- Contratar
laboral o mercantilmente parientes, hasta el cuarto grado de
consanguinidad o afinidad, ya sea personalmente o a través de sociedades
en que participen o trabajen.
4.5 .- Contratar servicios externos sin ajustarse a los principios de necesidad, pertinencia y oportunidad..
4.6
.- Aceptar obsequios, regalos, ventajas o disposiciones a título
gratuito más allá de los que puedan ser admitidos por los usos sociales.
Tampoco se pueden ofrecer a terceros regalos que no sean los
autorizados con carácter institucional.
4.7 .- Hacer incurrir al Club en gastos desproporcionados, suntuosos e injustificados.
4.8 .- Percibir comisiones o cualquier retribución.
4.9 .- Pagar comisiones que excedan o estén al margen de las que correspondan a los profesionales autorizados.
4.10
.- Prevalecerse de su posición en el club para obtener beneficios en el
ámbito personal o profesional cuando estos beneficios comporten un
perjuicio por el Club.
4.11 .- No respetar las normas de confidencialidad de las deliberaciones llevadas a cabo en los procesos de toma de decisiones.
4.12
.- Protagonizar hechos o actuaciones públicas e, incluso privadas, que
atenten a la buena imagen y el prestigio del Futbol Club Barcelona.
4.13 .- Utilizar bienes y activos del Club en beneficio propio.
4.14
.- Discriminación o trato inadecuado por razones de género, raza,
color, nacionalidad, creencia, religión, opinión política, estado,
orientación sexual, minusvalía o cualquier otra circunstancia personal
protegida por el derecho, tanto respecto a empleados, directivos, socios
o proveedores.